Acabé el post anterior con la denegación por la Mesa del Congreso de la petición de retirada de la condición de diputado a Alberto Rodríguez Rodríguez (ARR). Hoy me he puesto a escuchar los comentarios al respecto de los portavoces de los partidos en las comparecencias de prensa que ofrecieron ese mismo martes 19 de octubre. Creo interesante analizar y valorar lo que dijeron. Pero oyendo a Edmundo Bal decido hacer un paréntesis y referirme a algo que no está relacionado directamente con el asunto que tratamos. El portavoz de Ciudadanos aprovechó su intervención para afear a Podemos que mucho hablar en su día de la regeneración política pero luego se aferran a los escaños. Es una acusación recurrente a los morados: que cuando les toca el turno de aplicarse la ética y renunciar a los cargos siempre se escaquean con una u otra excusa. Pero, en el caso que nos ocupa, ¿debería haber dimitido ARR?
Unidas Podemos, como el resto de Partidos, tiene un código ético para sus militantes y cargos públicos y, además, es cierto que suelen presumir de ser más honestos que nadie. En ese documento ético se impone el “compromiso de renuncia al cargo público en caso de ser procesado o condenado por las faltas o los delitos que se determinarán en el reglamento que a tal efecto publicará la Comisión de Derechos y Garantías, y que en cualquier caso incluirá siempre los delitos de corrupción, los económicos, el acoso sexual, las violencia machistas, la pederastia y el maltrato infantil, así como los delitos contra los derechos de los trabajadores y las trabajadoras, los ecológicos y los urbanísticos”. Que yo sepa, la Comisión de Derechos y Garantías no ha publicado el Reglamento a que se refiere este punto, por lo que habría que concluir que ser procesado o condenado por agredir a un policía no está entre los supuestos que contempla UP para que uno de sus militantes renuncie al cargo público.
Por más que varios diputados manifiesten su escándalo, veo cierta lógica en esa ausencia. Piénsese que gran parte de quienes han constituido Podemos provienen de movimientos sociales acostumbrados a manifestarse contra actuaciones de las instituciones del “sistema” (por ejemplo, contra desahucios) en las que es habitual enfrentarse contra la policía. En tal contexto, que un militante en el fragor de una de esas broncas use cierta dosis de violencia contra la policía (asumiendo además que es muy tenue la línea que separa la defensa de la agresión) no debió parecerles a los redactores de las normas éticas motivo suficiente para la renuncia. Por tanto, según sus propias reglas, ARR no tenía por qué dimitir cuando fue procesado y ni siquiera cuando fue condenado. Obviamente, si además se considera inocente (insiste en que él no pateó al policía), mucho menos; de hacerlo, al no estar obligado por el código de conducta de su partido, estaría reconociendo implícitamente que era culpable. Así pues, por mucha indignación hipócrita, creo que Rodríguez actuó congruentemente no renunciando voluntariamente al cargo y Unidas Podemos también hizo lo correcto no obligándole porque según sus normas no era eso lo procedente.
Si bien me parece queARR actuó bien en no dimitir, cuestión distinta es que me haya quedado bastante desfavorablemente sorprendido con la evolución que en los últimos años Podemos ha mostrado en relación con sus propias normas de conducta. Me desvío más del tema central de esta serie, pero ya que acabo de enterarme, no me resisto a comentarlo. Resulta que el código inicial, aprobado en 2014, incluía como primer supuesto de renuncia al cargo la imputación de uno de los delitos ya citados, incluso antes de ser procesado o condenado. Pues la imputación desapareció como causa de dimisión en un cambio del código aprobado en 2018. Parece que así se evitó que algunos dirigentes –el propio Pablo Iglesias, entre ellos– se vieran en supuesto de dimisión ante los riesgos de imputaciones que les han amenazado en tiempos recientes.
Pero todavía ha habido una modificación más reciente y mucho más grave. En el pasado mes de junio, la Cuarta Asamblea Ciudadana de Podemos añadió las siguientes líneas a esa norma ética: “Este precepto deberá aplicarse en cumplimiento de la legislación vigente mientras esta se intenta modificar desde los correspondientes legislativos y con las matizaciones necesarias cuando exista un contexto de acoso judicial con intenciones políticas (lawfare) y alejado del derecho”. Parece que esta modificación fue la respuesta a la condena del Tribunal Superior de Justicia de Madrid a Isa Sierra, diputada de Podemos en la Asamblea regional, también por una agresión a un agente de policía en una manifestación contra un desahucio en Lavapiés. El añadido responde al convencimiento de Podemos de que existe casi una conspiración desde el ámbito judicial para atacarlos, de modo que se les está procesando y condenando malintencionada e injustamente y, por eso, hay que contemplar excepciones a la regla, que deja de ser válida porque la justicia está corrompida.
En algún momento me apetecería reflexionar sobre el lawfare, término que desconocía, pero ahora lo que me importa destacar es el peligro de una norma como esta que ha puesto Podemos. Yo dimito si me condenan en un sistema justo, pero si pienso que lo que hay es una persecución contra mí, el juicio obviamente no puede ser justo y, por lo tanto, no estoy obligado a dimitir. Pero, ¿cómo poder asegurar que están persiguiendo? Más fácil (y hasta humanamente comprensible) es pensar que si la sentencia te es desfavorable, si la sientes injusta, es porque los magistrados te la tienen jurada y quieren fastidiarte. Me parece una norma de una deshonestidad espeluznante, aparte de radicalmente antidemocrática y espantosamente antiestética.
Ese texto nunca debería haberse añadido y lo único que creo que trae consigo es aumentar la desilusión de muchos ciudadanos hacia Podemos al comprobar lo que de verdad piensan y sienten sus líderes. No hace falta decir que un requisito fundamental de compromiso democrático es aceptar las consecuencias de los actos formales de las instituciones incluso aunque se crean injustos. En tal caso, han de combatirse (como, por ejemplo, ha anunciado ARR que va a hacer pidiendo amparo al Constitucional) pero no cabe esa especie de insumisión tramposa. Creo que Podemos cometió un grave error contra ellos mismos con ese añadido; y además, lo más irónico, es que tampoco era necesario: al fin y al cabo, agredir a un policía en una manifestación no está entre los motivos del código ético para dimitir del cargo.
En resumen, que Alberto Rodríguez hizo lo correcto no renunciando a su escaño cuando le procesaron y siguió haciendo lo correcto cuando reclamó mantenerlo tras su condena. Pero, en cambio, cada vez me gusta menos la forma en que entiende la ética la dirección de Podemos. Por esa vía no llegarán a ningún buen puerto, que lo tengan seguro; más bien será un factor que les restará apoyos y autoridad moral.
Lo del Lawfare es usado ad nauseam aca: desde Cristina Kirchner hasta el ultimo de sus habituales colaboradores, muchos abogados o incluso alguno del poder judicial enseguida usan la palabra lawfare cuando el fallo no los favorece. Un disparate y un peligroso artilugio discursivo
ResponderEliminarChofer Fantasma
Sí, eso parece y, como digo en el post, en principio no me gusta nada. Sin embargo, lo cierto es que puede ocurrir; puede prostituirse la Justicia para atacar enemigos. La cuestión es cómo objetivarlo, cómo probar que eso es así.
EliminarLo de Podemos lo resumió perfectamente alguien por Twitter (lamento repetir la referencia a esta red social, ya lo he hecho en otro comentario): quieren ser a la vez el sistema y lo antisistema. Son como el perro del hortelano del que Lope hiciera una comedia, ni están dentro ni están fuera y a este paso sólo hacen el ridículo.
ResponderEliminarPuede ser. En cualquier caso, más que el comportamiento grupal (u oficial) de Podemos en este caso en el que les he escuchado declaraciones muy poco afortunadas, me interesa en estos posts profundizar en los entresijos del asunto, que me parecen importantes y motivadores de varias reflexiones sobre el estado de nuestro sistema institucional.
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