jueves, 12 de febrero de 2015

¿Perros en los parques? No, gracias

Ordenanza municipal reguladora de la protección y tenencia de animales de Santa Cruz de Tenerife

Art. 17: En los espacios públicos o en los privados de uso común, los perros y demás animales de compañía habrán de estar acompañados y ser conducidos mediante cadena o cordón resistente que permita su control.

Art. 22: El Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, dentro de las disponibilidades urbanísticas, conforme a sus posibilidades presupuestarias y a las necesidades, habilitará espacios públicos o delimitará zonas dentro de los mismos, para el paseo, esparcimiento y socialización de los animales de compañía, así como espacios adecuados para la realización de sus necesidades fisiológicas en correctas condiciones de higiene.


Según leo, en Santa Cruz de Tenerife hay inscritos en el Registro Censal de Animales de Compañía unos 38.000 perros, lo que equivale, más o menos, a uno por cada 5,5, residentes, proporción muy alta ya que la media española anda en torno a uno cada 10 personas; será por el más benigno clima del archipiélago. Supongo también que ese registro municipal es fiable, teniendo en cuenta que sus datos los pasan los veterinarios cuando identifican a un perro por primera vez, y quiero creer –quizá con un exceso de ingenuidad– que a la fecha casi todos los propietarios cumplen esta elemental obligación con su mascota. Pues bien, casi cuarenta mil perros cuyos dueños han de sacar a pasear y hacer sus necesidades (que adornan bellamente las aceras de esta ciudad, aunque hay que reconocer que se nota una mejoría cívica de los chicharreros) y, según el artículo 17 arriba transcrito, han de ir debidamente amarrados a una correa. En efecto, cuando camino por Santa Cruz (o por cualquier otra ciudad) casi todos los perros que transitan por sus calles lo hacen umbilicados a sus amos, no diría yo que porque éstos conozcan la ordenanza y sean respetuosos cumplidores de la misma, sino simplemente para evitar que el colega de cuatro patas moleste a los viandantes o –mucho peor– salte alocadamente a la calzada y sea atropellado. Ahora bien, ¿dónde –en la ciudad– pueden los perros estar sueltos, correr, jugar y socializar con otros congéneres? El artículo 22 dice que el Ayuntamiento habilitará espacios públicos para ello, claro que dentro de sus posibilidades presupuestarias. Pero lo cierto es que no lo ha hecho, y eso que la ordenanza se aprobó en 2006.

Parece que la obligación de que los perros vayan atados es norma común en todas las ordenanzas municipales (lo que no es de extrañar porque se van copiando siempre unas a otras). Pero en las ciudades se distinguen dos tipos de espacios públicos abiertos: los de circulación –calles– y los estanciales –parques–. Los parques, a su vez, pueden ser de muy distintos tipos y contar con muchas áreas diferenciadas, entre ellas zonas libres, de hierba o tierra, sin mobiliario urbano ni un destino específico. ¿Por qué no se pueden soltar los perros en esos espacios? El argumento, imagino, es que hay personas a las que molestan, lo cual en la práctica no es tan verdad porque los primeros que se preocupan de que eso no suceda son los dueños, a quienes no se les ocurre poner a jugar a sus animales en zonas donde hay personas ajenas descansando. Pero no, lo fácil es prohibir con carácter general, diciendo que ya se crearán lugares acotados y específicos, aunque no se haga. Aunque de vez en cuando se hace, como el Ayuntamiento de La Laguna, municipio vecino, que hará unos tres o cuatro años, con gran alharaca publicitaria, acotó en el parque de San Benito un espacio exclusivo para los canes. Allí he ido varias veces con los perritos de K –quien vive muy cerca– y rara vez hay más de diez animales; desde luego, con este equipamiento canino no se cubre más que una infinitesimal parte de la demanda. Lo cual me lleva a pensar que, igual que las normas urbanísticas obligan a que los planes califiquen una determinada superficie de espacios libres en proporción a la población previsible, a lo mejor habría que completarla señalando el porcentaje de estos terrenos que debe destinarse al recreo de los perros (no sigo por ese camino: más complicaciones para hacer un plan).

Naturalmente, la ordenanza no se cumple. Los dueños de perros se buscan la vida y encuentran parques urbanos con áreas abiertas adecuadas en las cuales puedan soltarlos para que se desfoguen por un rato. Uno de esos parques, probablemente el de mayor población canina, está justo enfrente de mi casa. Durante toda su vida Cani bajó a ese parque dos veces al día. Ahora son los dos perritos de K los que, cuando están en mi casa, perpetúan la costumbre. Como digo, hay un montón de perros a todas horas, y es rarísimo que ocurra nada desagradable. Con el tiempo, acabas conociendo a los dueños y a los animales, y pasas un buen rato con ellos. Hoy mismo, por ejemplo, cuando volvía solo a mi casa atravesando el parque, me detuve un rato a jugar con algunos (aclaro que me gustan mucho los perros y yo a ellos también). En fin, que la actividad canina del parque no es nada del otro mundo, una más de las que en una ciudad se desarrolla cotidianamente con naturalidad, por muy ilegal que sea. Por supuesto, las autoridades hacen la vista gorda y aquí no pasa nada.

O, al menos, solían hacerla, porque la semana pasada cuando llegué con los enanos (uno es un yorkshire y la otra mezclada del mismo tamaño) que correteaban libres a mi lado a uno de los meeting points más concurridos, me encuentro la inaudita escena de unas veinte personas de pie más o menos arrejuntadas, cada una con su correspondiente perro amarrado. Enseguida descubrí que, unos metros más abajo, había una pareja de municipales hablando, libreta en mano, con una mujer, también asidua. Por lo visto, la señora iba con su mascota suelta y, por violar la ordenanza, le fue debidamente notificada la denuncia dándole tres días para que se presentara en las oficinas de la policía local con la cartilla veterinaria y el recibo bancario de haber satisfecho la multa. La "campaña", sin embargo, no duró más que dos o tres días y por el momento las cosas parecen haber vuelto a la normalidad. Desconozco qué motivos habrá tenido el responsable que haya ordenado estas efímeras actuaciones policiales, quizá recordar a la población que existe una norma y que las normas están para cumplirse, faltaría más. Pues vale, lo gracioso es que la ordenanza declara en su exposición de motivos que tiene por finalidad la protección de los animales.

 
Saca tu perro a pasear - Los Impecables (Euskodemos, 2015)

6 comentarios:

  1. Legislar por encima de la capacidad de hacer cumplir la norma, muy común, en este caso por fortuna. Sin embargo, peor que llevar sueltos los perros (normalmente los que está acostumbrados y suelen ir sin correa están mejor educados —que es lo importante— que los que van siempre atados) es llevarlos con esas correas extensibles peligrosísimas para viandantes e incluso otros perros. Esas sí que las prohibiría, porque además, permitiendo que el perro vaya por donde quiera, lo que supuestamente es cómodo para el amo, finalmente provoca que el perro no se eduque ni se acostumbre a ir correctamente ni con correa ni suelto. El otro gran problema son los dueños (el problema siempre son los dueños, no los perros) que no recogen las cacas.

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    1. Uno de los efectos perversos de regular lo que no se puede hacer cumplir (práctica, efectivamente, muy corriente) es la degradación social de las normas. Y así nos va. Frente a la obsesión exhaustiva de nuestros legisladores (heredada de la tradición del derecho francés), cada vez me estoy haciendo más anglófilo.

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    2. Yo también (más anglófilo)

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    3. La práctica de regular lo que no se puede hacer cumplir es propia de dictaduras, que pretenden regular hasta la hora en que miccionar está permitido.

      Desgraciadamente esa es una de las perversas herencias culturales que nos dejó el franquismo.

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  2. El tema de los perros es siempre el mismo: no son ellos el problema (cuando lo hay), sino los dueños irresponsables. Los que no recogen cacas, los que dejan sueltos a los peligrosos poniendo en riesgo a personas o a los más pequeños, etc. La población no canófila suele ser a la postre canófoba, pero por mi parte que les den: también hay que aguantar a niños, mozalbetes de botellón, y otras faunas que también deberían prohibirse.

    Y a las autoridades, como siempre, lo único que les importa es multar para recaudar, y es muy fácil hacerlo a los dueños de perros, sobre todo si son señoras mayores y perritos pequeños. A gitanos con boxers y pitbulls sueltos, ni tocarlos.

    Cada vez se hostiga más a los dueños de perros, y más cuanto más inofensivos son. En fin, siempre la misma mierda e injusticia. Y ejemplo de la escasa educación natural y ecológica que sufrimos en España.

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  3. Algo similar ocurre con los espacios para los niños. En cierta calle de Sevilla, los niños se reunían para jugar al fútbol, pues era un espacio llano, sin riesgo de atropellos. Alguien decidió instalar unas feísimas barreras para evitar este sano ejercicio de balompié. ¿Conclusión? Los niños no juegan y cada vez que paso me cago en el mal gusto del creador de las barreras.

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