La derogación del Decreto para limitar los desahucios
El Real Decreto-Ley 11/2020 de medidas urgentes para situaciones de vulnerabilidad no fue convalidado ayer en el Congreso por los votos en contra de PP, VOX y Junts. El argumento más repetido para justificar la negativa ha sido que esta norma fomentaba la ocupación.
Lo que hace el decreto es posibilitar que un juez suspenda el desahucio de personas en situación de vulnerabilidad que habiten en viviendas que pertenezcan a personas jurídicas o a personas físicas titulares de más de diez viviendas. Esas viviendas, además, no pueden ser domicilio habitual del propietario ni segunda residencia. Es decir, los únicos okupas que quedarían amparados por estas medidas serían los que entran en viviendas sin uso de propietarios de más de 10 viviendas o de empresas. No creo que estos casos sean relevantes. A quien más habría afectado el Decreto es a los inquilinos que dejan de pagar el alquiler por estar en situación de extrema necesidad.
De otra parte, para que el juez dicte la suspensión del desahucio, debe quedar convencido de que la entrada o permanencia en la vivienda está motivada por una situación de extrema necesidad y que ha habido cooperación entre esas personas y las autoridades competentes para encontrar una alternativa habitacional. Todo ello habría de quedar debidamente acreditado en el juicio. No cuadra demasiado con la imagen que nos hacemos del comportamiento de los okupas.
Si no se acredita el cumplimiento de todos los requisitos, el juez acordaría la continuación del procedimiento de desahucio. En caso contrario, podría dictar la suspensión del desahucio (y la prohibición de cortar el agua y la luz) como medida extraordinaria y temporal (hasta fin del año 2026). Si esto ocurriera, las administraciones competentes estarían obligadas a ofrecer con la máxima prioridad una alternativa habitacional a las personas favorecidas por la suspensión.
Por último, el Decreto también establece que el propietario de la vivienda tendría derecho a recibir la compensación económica que correspondería a un alquiler de vivienda en el entorno en que se encuentre el inmueble, determinado según los precios de mercado. Cuando la vivienda estuviera en alquiler (que se hubiera extinguido o el inquilino hubiera dejado de pagar), la compensación habría sido el precio del alquiler más los gastos corrientes.
Tal es lo que establecía el Real Decreto-Ley derogado ayer, muy distinto de lo que demagógicamente declaran los partidos que han votado en contra. ¿A quiénes habrían protegido esas medidas? Pues imagino que los más de los casos corresponderían a familias con contrato de alquiler que no son capaces de seguir pagando la renta o bien que se les extingue el contrato y el propietario le sube el precio por encima de sus posibilidades económicas. Habría afectado a personas en situaciones muy graves que, una vez derogado el Decreto, serán irremisiblemente desahuciadas y condenadas a buscarse un techo que las cobije. Quienes se oponían le Decreto han dicho que fomentaba la okupación; es justamente lo contrario: al dejar en la calle a estas personas se les obliga a la okupación.
En mi opinión, las medidas establecidas en el Decreto eran justas y proporcionales, buscando un equilibrio entre el derecho de propiedad y las situaciones de extrema necesidad que un Estado social (como se supone que es el nuestro) debe amparar. No discuto que el propietario de una vivienda tiene derecho a disponer de la misma, aunque recuerdo que este derecho debe ejercerse en el marco de su función social. Por ejemplo, no tiene derecho a mantener la vivienda vacía sino que, por el contrario, está obligado a ponerla en uso, residiendo en ella o alquilándola (como vivienda, no para uso turístico). Ciertamente, esa libertad de disposición de su propiedad, se limitaba con el Decreto, pero tal limitación (como la de cualquier otro derecho) se justificaba con carácter excepcional por razones de interés público.
Algunos amigos –furibundos defensores de la propiedad privada y frontalmente opuestos a todo lo que les suene a ocupación– me argumentan que la solución a los problemas de vivienda de esas personas que no pueden pagarla los debe resolver el Estado y no los propietarios. Nadie puede objetar nada a eso, desde luego, tampoco el Decreto lo cuestionaba. Lo que hacía es establecer un régimen excepcional justamente cuando el Estado no ha podido dar una alternativa habitacional a esas personas, obligándolo al mismo tiempo a priorizar la solución para esos casos concretos. Y, sobre todo, obligando al Estado a compensar económicamente al propietario. Es llamativo como se omite este último extremo, trasladando a la ciudadanía la falsa impresión de que al propietario se le privaría de la renta de su inmueble.
En el fondo, lo que manifiesta la derogación del Decreto es la defensa por parte de PP, VOX y Junts de una concepción del derecho de propiedad que, para ellos, debe prevalecer sobre cualquier cosa. La Constitución establece que el contenido del derecho de propiedad está delimitado por su función social. Los partidos que han votado en contra entienden (aunque no lo dirán explícitamente) que el derecho de propiedad privada es absoluto y estarán siempre en contra de cualquier norma que lo limite en lo más mínimo. Es mejor que una madre y sus hijos sean desahuciados a obligar al propietario a que renuncie a su sacrosanto derecho de disponer libremente de su piso, por más que el Estado le siga pagando la renta.
No sé si estos partidos se dan cuenta de que oponiéndose a medidas de este tipo lo que están haciendo es propiciar el aumento de la población en situaciones de grave vulnerabilidad. Y ello conduce necesariamente a incrementar la conflictividad social, lo cual es debido a la desesperación de esas personas expulsadas del idílico orden social y económico. Es decir, oponiéndose a medidas para la protección de los colectivos más desfavorecidos, lo que hacen es poner en peligro el orden que defienden, amenazar el modo de vida de quienes representan, empezando por los propietarios de vivienda. Sí lo saben, pero confían en que, cuando las cosas se pongan muy feas, podrán recurrir a las fuerzas del orden.
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