Nullitatis Matrimonii, una historia calabresa (I)
El 31 de julio de 1938, Rachele Marincola presenta ante el Tribunal Eclesiástico de Catanzaro demanda para iniciar el proceso de nulidad de su matrimonio canónico. Del legajo de páginas amarillentas de la Sacra Romana Rota que tengo ante mí, traduzco (con mis insuficientes conocimientos de italiano) este primer documento que, en la jerga canónica, se llama Libellus causae introductionis:
La abajo firmante Rachele Marincola, hija de Ernesto y de Anna, nacida en Catanzaro el 2 de agosto de 1907, residente en Roma, calle Antonelli, 50, y con dirección en Catanzaro en el despacho del abogado Mario Pitelli, expone cuanto sigue.
El 21 de diciembre de 1922, la solicitante contrajo matrimonio con el profesor Renato Caligiuri, hijo de Gregorio y de Amelia, nacido en Catanzaro el 15 de septiembre de 1898, donde reside, en la calle Fiorentino, 6.
La abajo firmante fue obligada a tal matrimonio contra su voluntad, teniendo que ceder a las coacciones físicas y morales de sus propios progenitores, especialmente del padre. La coerción fue ejercida en tal grado que a la exponente no se le consintió otro camino que no fuese aceptar y sufrir el matrimonio impuesto como única forma de liberación y salvamento.
Después de algunos años, el 12 de mayo de 1930, incapaz de soportar por más tiempo el vínculo al cual había sido forzosamente sujeta, abandonó el techo conyugal, trasladándose a Roma, a la casa de sus padres.
Expuesto lo anterior, la abajo firmante presenta instancia a este Excmo. Tribunal porque desea iniciar el juicio de anulación de su matrimonio con el citado profesor Caligiuri.
La recurrente está preparada para probar con testimonios las amenazas y las persecuciones vejatorias ejercidas por sus padres para inducirla a aceptar el desposorio con Caligiuri, hacia quien había manifestado siempre una especial antipatía y aversión, lo que incluso fue constatado por el propio Caligiuri como se comprueba en algunas cartas escritas por éste en el periodo prematrimonial; aversión y antipatía que se manifestaban a veces con arrebatos de cólera y a veces con crisis de llanto.
Los testigos, personas todas pertenecientes al círculo más selecto de Catanzaro, podrán exponer las circunstancias de hecho de modo que no quede duda, pese al tiempo transcurrido, de que el matrimonio con Caligiuri fue impuesto y que por tanto el matrimonio mismo presenta tal vicio de origen que hace necesaria la declaración de nulidad por parte de este Excmo. Tribunal.
Por el bien de la verdad y de la justicia podrán ser oídos, entre otros, los señores siguientes: el abogado Attilio Zimatore, residente en Catanzaro (se adjunta la declaración escrita), el general Gaetano Ferella, residente en Catanzaro, el ingeniero Luigi Mannarino, residente en Catanzaro, el señor Marco Suriani, residente en Catanzaro, el propio profesor Renato Caligiuri, residente en Catanzaro.
Por tanto confía que este Excmo. Tribunal acoja el presente libello ordenando el inicio del solicitado juicio de nulidad.
Rachele Marincola era la abuela (la nonna) de una buena amiga que me ha facilitado el sumario de su proceso de nulidad matrimonial. Son 168 páginas mecanografiadas (más tres de índice) escritas en un italiano algo vetusto y ceremonioso, salvo el texto de la Sentencia de primera instancia (del Tribunal de Catanzaro) que está en latín. La lectura no sólo va descubriendo la mecánica procesal de un juicio canónico de hace setenta años, sino una historia personal que hoy se nos hace difícil concebir. El Tribunal interroga a varias personas, principalmente sobre acontecimientos sucedidos hacía entonces casi veinte años (se trataba de corroborar la veracidad del defecto de consentimiento aludido por la demandante); a través de estas versiones, no siempre coincidentes, se van dibujando los modos de pensar, sentir y actuar de las gentes de una capital provinciana de la Italia meridional en los primeros años del siglo pasado. Pese al lenguaje artificioso (probablemente lleno de medias verdades), a mí me ha resultado enormemente interesante y me revela mucho más sobre la forma en que se vivía en el pasado que los textos de historia. De otra parte, los avatares de esa niña de catorce años a la cual casan contra su voluntad aportan suficientes mimbres para urdir un argumento novelesco. Así que, poco a poco, iré transcribiendo, a modo de folletín, los distintos capítulos de este proceso canónico.
Antes de acabar este primer post, doy unos pocos datos "de contexto". El juicio transcurre, en su primera instancia, en Catanzaro desde julio de 1938 hasta julio de 1940, pero los hechos examinados habían tenido lugar durante los años 21 y 22 (noviazgo), aunque también hay referencias al periodo de convivencia, que duró hasta que la chica se fugó del domicilio conyugal en 1930. El periodo juzgado corresponde pues a los primeros años del fascismo; en 1921 Mussolini había fundado el Partido y el 29 de octubre del 22, apenas un par de meses antes de la boda de Rachele y Renato, el rey Víctor Manuel III le había encargado formar su primer gobierno (tras la Marcha sobre Roma). El juicio se desarrolla en los últimos meses del periodo de paz (Italia entraría en la Segunda Guerra Mundial el 10 de junio de 1940), pero ya en un ambiente cargado de retórica militarista (el régimen fascista había ocupado Etiopía y Albania en los finales de los treinta). No obstante, la lectura del expediente procesal no aporta ninguna referencia a las circunstancias sociopolíticas de la época por lo que pienso que las mismas no intervinieron significativamente en este ámbito de las vidas privadas de sus protagonistas.
En cuanto al escenario de la acción, diré que Catanzaro es la capital de Calabria, la región italiana que forma la puntera de la bota. Se dispone sobre una colina, a pocos kilómetros del mar jonio. En los años veinte, su población andaba en torno a los 35.000 habitantes (hoy se sitúa sobre los cien mil); es decir, una ciudad pequeña. Esta ciudad, como toda la región, no ha sido nunca rica e importante, si bien por principios de siglo vivía un cierto desarrollo comercial e industrial que declinó hacia los años cuarenta.
Respecto a los protagonistas de la historia, deduzco que pertenecían a familias más o menos renombradas de Catanzaro. Marincola es uno de los apellidos más relevantes y antiguos de la nobleza local, con notable participación en la historia urbana desde el siglo XIV. Sin embargo, si Rachele pertenecía a la misma, era a una rama colateral y empobrecida, como podrá comprobarse en próximos posts. Aun así, intuyo que el padre conservaría algo de ese "orgullo de clase" y mantendría relaciones con quienes formaban el "círculo selecto de Catanzaro", en palabras de la demanda.
La abajo firmante Rachele Marincola, hija de Ernesto y de Anna, nacida en Catanzaro el 2 de agosto de 1907, residente en Roma, calle Antonelli, 50, y con dirección en Catanzaro en el despacho del abogado Mario Pitelli, expone cuanto sigue.
El 21 de diciembre de 1922, la solicitante contrajo matrimonio con el profesor Renato Caligiuri, hijo de Gregorio y de Amelia, nacido en Catanzaro el 15 de septiembre de 1898, donde reside, en la calle Fiorentino, 6.
La abajo firmante fue obligada a tal matrimonio contra su voluntad, teniendo que ceder a las coacciones físicas y morales de sus propios progenitores, especialmente del padre. La coerción fue ejercida en tal grado que a la exponente no se le consintió otro camino que no fuese aceptar y sufrir el matrimonio impuesto como única forma de liberación y salvamento.
Después de algunos años, el 12 de mayo de 1930, incapaz de soportar por más tiempo el vínculo al cual había sido forzosamente sujeta, abandonó el techo conyugal, trasladándose a Roma, a la casa de sus padres.
Expuesto lo anterior, la abajo firmante presenta instancia a este Excmo. Tribunal porque desea iniciar el juicio de anulación de su matrimonio con el citado profesor Caligiuri.
La recurrente está preparada para probar con testimonios las amenazas y las persecuciones vejatorias ejercidas por sus padres para inducirla a aceptar el desposorio con Caligiuri, hacia quien había manifestado siempre una especial antipatía y aversión, lo que incluso fue constatado por el propio Caligiuri como se comprueba en algunas cartas escritas por éste en el periodo prematrimonial; aversión y antipatía que se manifestaban a veces con arrebatos de cólera y a veces con crisis de llanto.
Los testigos, personas todas pertenecientes al círculo más selecto de Catanzaro, podrán exponer las circunstancias de hecho de modo que no quede duda, pese al tiempo transcurrido, de que el matrimonio con Caligiuri fue impuesto y que por tanto el matrimonio mismo presenta tal vicio de origen que hace necesaria la declaración de nulidad por parte de este Excmo. Tribunal.
Por el bien de la verdad y de la justicia podrán ser oídos, entre otros, los señores siguientes: el abogado Attilio Zimatore, residente en Catanzaro (se adjunta la declaración escrita), el general Gaetano Ferella, residente en Catanzaro, el ingeniero Luigi Mannarino, residente en Catanzaro, el señor Marco Suriani, residente en Catanzaro, el propio profesor Renato Caligiuri, residente en Catanzaro.
Por tanto confía que este Excmo. Tribunal acoja el presente libello ordenando el inicio del solicitado juicio de nulidad.
Rachele Marincola era la abuela (la nonna) de una buena amiga que me ha facilitado el sumario de su proceso de nulidad matrimonial. Son 168 páginas mecanografiadas (más tres de índice) escritas en un italiano algo vetusto y ceremonioso, salvo el texto de la Sentencia de primera instancia (del Tribunal de Catanzaro) que está en latín. La lectura no sólo va descubriendo la mecánica procesal de un juicio canónico de hace setenta años, sino una historia personal que hoy se nos hace difícil concebir. El Tribunal interroga a varias personas, principalmente sobre acontecimientos sucedidos hacía entonces casi veinte años (se trataba de corroborar la veracidad del defecto de consentimiento aludido por la demandante); a través de estas versiones, no siempre coincidentes, se van dibujando los modos de pensar, sentir y actuar de las gentes de una capital provinciana de la Italia meridional en los primeros años del siglo pasado. Pese al lenguaje artificioso (probablemente lleno de medias verdades), a mí me ha resultado enormemente interesante y me revela mucho más sobre la forma en que se vivía en el pasado que los textos de historia. De otra parte, los avatares de esa niña de catorce años a la cual casan contra su voluntad aportan suficientes mimbres para urdir un argumento novelesco. Así que, poco a poco, iré transcribiendo, a modo de folletín, los distintos capítulos de este proceso canónico.
Antes de acabar este primer post, doy unos pocos datos "de contexto". El juicio transcurre, en su primera instancia, en Catanzaro desde julio de 1938 hasta julio de 1940, pero los hechos examinados habían tenido lugar durante los años 21 y 22 (noviazgo), aunque también hay referencias al periodo de convivencia, que duró hasta que la chica se fugó del domicilio conyugal en 1930. El periodo juzgado corresponde pues a los primeros años del fascismo; en 1921 Mussolini había fundado el Partido y el 29 de octubre del 22, apenas un par de meses antes de la boda de Rachele y Renato, el rey Víctor Manuel III le había encargado formar su primer gobierno (tras la Marcha sobre Roma). El juicio se desarrolla en los últimos meses del periodo de paz (Italia entraría en la Segunda Guerra Mundial el 10 de junio de 1940), pero ya en un ambiente cargado de retórica militarista (el régimen fascista había ocupado Etiopía y Albania en los finales de los treinta). No obstante, la lectura del expediente procesal no aporta ninguna referencia a las circunstancias sociopolíticas de la época por lo que pienso que las mismas no intervinieron significativamente en este ámbito de las vidas privadas de sus protagonistas.
En cuanto al escenario de la acción, diré que Catanzaro es la capital de Calabria, la región italiana que forma la puntera de la bota. Se dispone sobre una colina, a pocos kilómetros del mar jonio. En los años veinte, su población andaba en torno a los 35.000 habitantes (hoy se sitúa sobre los cien mil); es decir, una ciudad pequeña. Esta ciudad, como toda la región, no ha sido nunca rica e importante, si bien por principios de siglo vivía un cierto desarrollo comercial e industrial que declinó hacia los años cuarenta.
Respecto a los protagonistas de la historia, deduzco que pertenecían a familias más o menos renombradas de Catanzaro. Marincola es uno de los apellidos más relevantes y antiguos de la nobleza local, con notable participación en la historia urbana desde el siglo XIV. Sin embargo, si Rachele pertenecía a la misma, era a una rama colateral y empobrecida, como podrá comprobarse en próximos posts. Aun así, intuyo que el padre conservaría algo de ese "orgullo de clase" y mantendría relaciones con quienes formaban el "círculo selecto de Catanzaro", en palabras de la demanda.
CATEGORÍA: Personas y personajes
Eres realmente original a la hora de traernos lecturas a tu blog.
ResponderEliminarSeguiré esta historia auténtica por lo que implica de vivencia humana, de circunstancias personales, de vínculos tan férreos hace 100 años, en una población cerrada y en ese contexto histórico.
Un abrazo, Miros
Encuentro interesante seguir el relato de esta historia que por desgracia aún se sigue dando en la actualidad.
ResponderEliminarDebes de tener los deditos echando humo, amigo. No me da tiempo a seguirte! No te he comentado los anteriores (ya sabes que ciertos temas prefiero evitarlos, me dan pereza), pero con éste has vuelto a conseguir que viaje hacia unas vidas que no me pertenecen como atenta observadora. Tienes auténtica fuerza narrativa. Y no es peloteo.
ResponderEliminarBesazos.
Espero que con esta historia no nos hagas lo mismo que con la historia del pastel de muertos ehhhh!!! que luego una se queda con las ganas de saber el final. Aunque supongo que como en este caso no te lo tienes que inventar no te dará pereza terminar el relato.
ResponderEliminarFascinante, querido amigo.
ResponderEliminarSin duda, será maravilloso poder leer en tu espacio el devenir de una historia basada en este hecho.
Un abrazo
Caro Miroslavii,
ResponderEliminarse tenere quisque problemae traductorum textus latini, contaribus con me, quid posso echartibus manum mea.
Manum mea traducendii, volere dicere...
Ave amico, Zafferano te saluta!
Baciorum
Magnífica historia y, sobre todo, magnífico tratamiento de la realidad, lo que nunca es fácil. Saludos.
ResponderEliminarJooooooooooooooooo, no valeeeeeeee, ahora no me puedo reír con el comentario de Zaffe, que seguro que ha soltado una de sus perlas... ¡¡¡en latín!!! Estoooo....... ¿latín? Será un decir...
ResponderEliminarBesazos.
(((¿Y pa qué le dirá que se vacíe???)))
Illyakin italiano.
ResponderEliminarEs muy interesante ver lo que se cocía en los matrimonios concertados por las familias. No tenía ni idea de que pudieran anularse. Sigo leyendo... Saludos
ResponderEliminarPara Amy:
ResponderEliminarEl comentario de Zafferano está escrito en latín. Macarrónico, pero latín. Fíjate que las palabras están declinadas.
Un saludo
Gracias Malvaloca.
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